El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante un Proyecto de Resolución, adoptaría el Plan Provisional de Acción para materializar el derecho fundamental a la salud del pueblo Wayúu en las comunidades de Uribía, Manaure, Maicao y el Distrito de Riohacha, ubicados en el departamento de La Guajira.
Se hace necesario adoptar el Plan Provisional de Acción, con el objeto de garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud del pueblo Wayúu en aras de superar el estado de cosas inconstitucional declarado por la Corte Constitucional en la sentencia T-302 de 2017.
Las acciones previstas en el Plan Provisional de Acción son de obligatorio cumplimiento para las Entidades Promotoras de Salud – EPS, las Entidades Promotoras de Salud Indígena – EPSI, los Prestadores de Servicios de Salud, los Proveedores de Tecnologías en Salud, las entidades territoriales del orden municipal, distrital y departamental, así como para la Superintendencia Nacional de Salud en la órbita de sus competencias, de conformidad con lo ordenado en la sentencia T-302 de 2017 para las comunidades de Uribía, Manaure, Maicao y el Distrito de Riohacha, ubicadas en el departamento de La Guajira.
Este es el documento radicado:
Publicar un comentario
Gracias por su comentario