La decisión se tomó teniendo en cuenta el desarrollo del fenómeno de El Niño y alerta roja en la que se encuentran los 15 municipios de La Guajira por la ocurrencia de incendios forestales.
A través de la Resolución 0126 del 25 de enero de 2024, la Corporación Autónoma Regional de La Guajira, Corpoguajira, prohibió temporalmente las quemas abiertas controladas en zonas rurales, las cuales se realizan para la preparación de terrenos en los que se van a desarrollar actividades agrícolas u otro tipo de labores y actividades mineras.
Entre estas actividades están la preparación del suelo para cultivos, el descapote del terreno para minería, la recolección de cosechas o disposición de rastrojos y las fogatas domésticas con fines recreativos.
En la normativa también se determina que los residuos de cosechas deberán disponerse en forma adecuada mediante la eliminación o incorporación al suelo, utilizando métodos mecánicos manuales. Igualmente, se indica que la preparación de áreas para nuevas siembras deberá realizarse mecánicamente, excluyendo la práctica de quema de rastrojo o descapote.
El acto administrativo se socializará con los alcaldes de los municipios guajiros, con el fin de que activen los consejos municipales para la gestión del riesgo de desastres e implementen los protocolos de actuación previstos en la Estrategia Municipal de Respuesta y lo consignado en los planes de contingencia, para la atención inmediata de cualquier evento que suceda.
La decisión se toma teniendo en cuenta el desarrollo del fenómeno de El Niño en todo el país y la alerta roja en la que se encuentran los 15 municipios de La Guajira por ocurrencia de incendios forestales. La prohibición estará vigente mientras persistan los efectos ambientales generados por el intenso verano.
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